Bases del Llamado del 49º Premio Montevideo de Artes Visuales

El Centro de Expociones Subte recibirá las carpetas con las propuestas a los días 17, 18 y 20 de Junio 2019, inclusive en el horario de 10 a 16 h.

Bases del Llamado
49º Premio Montevideo de Artes Visuales

I) INTRODUCCIÓN
La Intendencia de Montevideo a través del Departamento de Cultura tiene el agrado de presentar el "49º Premio Montevideo de Artes Visuales". Desde el año 1940, a partir del  "I Salón Municipal", se inicia una de las instancias de artes visuales más importantes del país. Los premios otorgados a lo largo de estos años forman parte del acervo departamental que actualmente custodia el Museo Juan Manuel Blanes. Es por ello que nuevamente este Premio realizado en el Subte, con 79 años de historia, llama a los artistas del país a presentarse a esta convocatoria de la Intendencia de Montevideo para hacer de esta instancia un importante hecho cultural que permitirá la exhibición y premiación de los artistas nacionales más destacados.

II)PARTICIPANTES
Podrán participar exclusivamente artistas mayores de edad nacionales o extranjeros, debiéndose, en este ultimo caso, tener 5 (cinco) años de residencia legal en el país, lo cual deberán acreditar al momento de la postulación, mediante la exhibición de los recaudos oficiales correspondientes. La forma de presentación podrá ser tanto individual como colectiva, designando en este último caso a un/a representante.


III)RESTRICCIONES
A) No podrán presentarse a la convocatoria, y en caso de hacerlo, serán eliminados, quienes tengan relación de parentesco hasta el 2do grado de consanguinidad o afinidad con los jurados, jerarcas y/o funcionarios, cualquiera sea la forma de contratación, pertenecientes al Departamento de Cultura.

B) Tampoco podrán participar funcionarios/as presupuestados/as o contratados/as que se encuentren desarrollando tareas, cualquiera que sean, bajo la órbita del Departamento de Cultura.

IV) DECLARACIÓN JURADA
Los/ las postulantes harán constar mediante declaración jurada  QUE SE AGREGA COMO ANEXO 1 que no se encuentran comprendidos/ as ni les alcanza las restricciones establecidas en esta convocatoria, declarando conocer lo preceptuado en el artículo 239 del Código Penal.
V) PRESENTACIÓN DE  OBRAS
A) Cada artista o colectivo podrá presentar un máximo de 3 (tres) obras con una antigüedad no mayor a 5 (cinco) años.
B)  No se podrán presentar  obras que hayan sido expuestas como resultado de ningún tipo de certamen, concurso o llamado ya sea a nivel nacional o internacional.
C) La temática es libre y podrán ser admitidos distintos trabajos sin restricción de lenguaje visual. 
D) En el caso que la obra sea un díptico, tríptico, políptico o instalación deberá quedar claramente identificada en la ficha técnica para que el jurado pueda analizarla como unidad, entendiendo que sus partes no podrán ser seleccionadas aisladamente.
E) El/la artista o colectivo que sea seleccionad deberá presentar su obra en condiciones de exhibición y aportar los elementos técnicos para su montaje (soportes, proyectores, TV, audio, etc) que crea necesarios para la realización del proyecto. Sin desmedro de esto el Subte apoyará a los artistas con recursos técnicos propios conformes a su disponibilidad. El/la artista o colectivo deberá presentarse durante el montaje si así lo dispusiera la complejidad del su obra.


VI) PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
La presentación de obras al Premio Montevideo se realizará en carpetas A4 conteniendo la siguiente información y en este orden:
1- Nombre del proyecto o la obra.
2 - Registro fotográfico de las obras presentadas o link del sitio para proyectos web y/o vídeos (Vimeo o Youtube)
3 - Texto sobre las obras que presenta con un máximo de 2000 (dos mil) caracteres con espacios incluidos.
4 - Boceto de montaje y memoria descriptiva de las ubicaciones de los elementos a exponer en caso de: Instalaciones, Intervenciones urbanas o en el paisaje.
5 - Descripción detallada para performances o acciones.
6 - Ficha técnica de cada obra consistente en:
Título:
Año:
Técnica y/o materiales:
Dimensiones (cm o minutos):

7 - Datos personales del/la artista o colectivo (incluyendo a su vez los datos de cada  integrante):
Nombre:
Lugar de Nacimiento y Año:
Dirección postal:
Correo electrónico:
Teléfono:
Fotocopia del Documento de identidad

8 - Currículum abreviado, máximo ½ carilla A4, cuerpo 12, donde conste estudios, exposiciones individuales y/o colectivas, premios y/o distinciones, etc.

VII) PREMIOS
La Intendencia de Montevideo entregará hasta tres premios adquisición a saber:
A) 1er. Premio por un monto de  $U 300.000 (pesos uruguayos trescientos mil),
B) 2do. Premio por un monto de $U 175.000 (pesos uruguayos ciento setenta y cinco mil),
C) 3er. Premio por un monto de $U 125.000 (pesos uruguayos ciento veinticinco mil)
D) Premio a artista o colectivo emergente (no adquisición) consistente en una exposición individual, en el Centro Exposiciones Subte, en la sala M,  con un presupuesto para producción de hasta  $60.000 (pesos uruguayos sesenta mil) en  el año 2020
E) Hasta dos menciones honoríficas (sin otra contraprestación).

VIII) CRONOGRAMA
1 – El Centro de Expociones Subte recibirá las carpetas con las propuestas a  los días 17, 18 y 20 de Junio  2019, inclusive en el horario de 10 a 16 hs.
2 - El  miercoles 26 de Junio se publicará la lista de seleccionados en nuestra web: subte.montevideo.gub.uy, en facebook: www.facebook.com/centrosubte y en la web de la Intendencia.
3 - Las obras que hayan sido seleccionadas deberán ser entregadas en el Subte el día lunes  22 y 23 de Julio en el horario de 10 a 16 hs. Fuera de esas fechas no se aceptarán obras para su exposición y/o premiación. Los artistas seleccionados serán comunicados mediante llamada telefónica y/o mediante correo electrónico.
4 - La premiación se realizará el  2 de agosto a las 19 hs durante la inauguración del 49º Premio Montevideo de Artes Visuales en el Centro de Exposiciones Subte.

IX) JURADO
A) El jurado estará integrado por tres miembros designados por el Sr, Intendente de Montevideo propuestos por la División Artes y Ciencias y avalado por la Dirección General del Departamento de Cultura.
B) Este jurado decidirá conjuntamente tanto para la selección de artistas como para la asignación de los premios, buscando el consenso en ambas etapas o resolviendo por mayoría simple en caso de no llegar a un acuerdo.
C) Los jurados deberán realizar la evaluación de las obras para exposición mediante la revisión de todas y cada una de las carpetas y decidirán los premios cuando dichas obras se encuentren montadas.
D) Finalizado el fallo, se labrará un acta de actuación, la que se hará pública en el momento de la entrega de premios.
E) El jurado tendrá la potestad de resolver cualquier situación no prevista en las bases, así como la facultad de interpretar el alcance de las disposiciones y su fallo será inapelable.
F) El jurado podrá rechazar la obra para su exposición en el caso que el proyecto presentado no coincida con la obra montada, solicitando al artista su retiro previo a la inauguración


X) DERECHOS DE AUTOR, REPRODUCCIÓN, IMAGEN Y CUALQUIER OTRO.
A) Los postulantes son los responsables exclusivos de cualquier reclamación que en cualquier momento pudiera realizarse sobre la autoría y originalidad de las producciones así como sobre la titularidad de todos los derechos que se ostenten, exonerándose a la IdeM; declaran asimismo que  por el hecho de presentarse al llamado conocer y aceptar la legislación vigente en materia de derechos de autor (Ley Nº 9.739 de 17 de diciembre de 1937 y su modificativa  Ley Nº 17.616 de 10 de enero de 2003; Ley Nº 17.805 de 26  de agosto de 2004,  y Ley N° 19.149, art. 222 de 24 de junio de 2013, modificativas y concordantes).

B) Asimismo asumen plena y  exclusivamente, la responsabilidad en cuanto a la titularidad de las obras y/o por la utilización de cualquier material protegido por derecho de autor, derechos conexos, derechos  de la personalidad y derecho de la imagen,  liberándose a la IdeM de cualquier reclamo que terceros pudieran realizar.

C) Por el solo hecho de presentarse al llamado, todos los participantes de los espectáculos incluidos los/las responsables del proyecto, aceptan no tener derecho a reclamo patrimonial de especie alguna contra la IdeM en virtud de la reproducción autorizada, sin perjuicio del derecho moral que les corresponda de solicitar el reconocimiento de su paternidad intelectual sobre la creación artística.
D) De verificarse la violación a lo dispuesto precedentemente, la postulación será rechazada, sin perjuicio de las demás acciones  judiciales que la IdeM estime pertinente promover

XI)  ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La comparecencia a este concurso implica la aceptación de la totalidad de las bases por parte del/los concursante/s. Su incumplimiento implicará la descalificación automática del/los participantes. La I.deM. se halla facultada para  aplicar el recurso de anulación del premio entregado, con la consiguiente restitución monetaria, aplicando el artículo 239 del Código Penal.
En estos casos el premio seguirá el orden de prelación y el jurado evaluará la forma de asignar el premio de menor valor a otro de los artistas en concurso.


XII) DESTINO DE LAS OBRAS
Las obras premiadas ingresarán al acervo del Museo Juan Manuel Blanes a partir de finalizada su exposición el día 13 de octubre de 2019.-.
Las obras no premiadas deberán ser retiradas por los artistas del Centro de Exposiciones Subte el lunes 14 o el martes 15 de octubre. Luego de esa fecha el Subte no se responsabiliza por su correspondiente resguardo.

XIII) DEVOLUCIÓN DE CARPETAS
Las carpetas de los proyectos no seleccionados podrán retirarse en el Centro de Exposiciones Subte a partir del 5 de agosto y hasta el 30 de agosto inclusive, de lunes a viernes y en el horario de 10 a 16 hs. Luego de pasada esta fecha se procederá a su destrucción y los artistas no tendrán posibilidad de reclamo alguno.-


ANEXO 1
DECLARACIÓN JURADA

Montevideo,..............................................................................-
Quien suscribe:............... titular de la cédula de identidad Nº, con domicilio en ---------------------, en calidad del titular del proyecto participante de la Convocatoria  del año -------- de los fondos de --------------------*

Declaro bajo juramento que  que no poseo restricción ni impedimento alguno para presentarme a la convocatoria, de conformidad al numeral
Manifiesto, asimismo que la totalidad de los datos aportados son fidedignos , que conozco el alcance de lo declarado y que en caso de constatarse falsedad en lo declarado, será pasible  la responsabilidad penal pertinente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 239 del Código Penal que expresa: “El que, con motivo del otorgamiento o formalización de documento público, ante  funcionario público, prestare declaración falsa sobre identidad o estado, o cualquier otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión.”
.............................................
FIRMA
............................................
ACLARACIÓN

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